El paraje de las Moratillas en Villena es una de las pocas zonas de la Comunidad Valenciana en donde las aves esteparias han tenido refugio durante estas últimas décadas de intensiva degradación de los territorios por la acción antrópica. La necesidad de conservación de este hábitat es el motivo de que formara parte de la Red Natura 2000 a partir de la figura de protección de Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Ello conlleva una obligación de vigilancia para las administraciones pertienentes y limitaciones en los usos del suelo de los propietarios.
Hace unos años ADENSVA (Asociación para Defensa de la Naturaleza del Sur de Valencia), y en previsión de la inminente aprobación de las “normas de gestión” de la ZEPA, denunció el cambio de usos del suelo del paraje de las Moratillas por parte de algunos propiestarios. En particular, estaban sustituyendo las zonas cerealísticas por cultivos de leñosos, lo que supone de hecho un cambio del ecosistema que hace insostenible la presencia de la ganga ibérica y ortega, el sisón, el cernícalo primilla, etc. Fruto de aquella denuncia a los organismos responsables fue el inicio de expediente y posterior resolución de enmienda y sanción.


Ahora, nos toca expresar nuestra satisfacción por el adecuado funcionamiento de la institución autonómica que vela por la conservación de nuestros hábitats. En concreto, la dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana desestima los recursos presentados por las empresas que llevaron a cabo las agresiones en la Zona ZEPA infringiendo el artículo 330 del Código Penal, al dañar gravemente alguno de los elementos que han servido para calificar el espacio natural protegido, así como varias Directivas europeas (Directiva Hábitats y Directiva Aves) y la ley 11/94 de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana.
Además, se les requiere para que en el plazo de un mes, presente una Memoria Valorada, que incluya como mínimo las actuaciones necesarias de reparación del daño, el plazo de ejecución y su valoración económica y deberá contar con la aprobación del Servicio de Vida Silvestre y Red Natura 2000 de dicha Dirección General, quien supervisará posteriormente su ejecución. Quiere esto decir que todos los cambios de cultivos efectuados de manera ilegal de Cereal a Leñoso se han de revertir y reparar el daño causado ademas de pagar la multa correspondiente.
Salvatierra, insta a la misma Dirección General a que continúe velando por el conjunto de hábitats agredidos por prácticas contrarias a la ordenación y las normas propias de los espacios protegidos. Y en particular, acompañe el procedimiento sancionador con las inspecciones pretinentes que aseguren que los propietarios llevan a término el proceso de revertir los daños causados.